La Sala Superior del Tribunal Electoral ordenó bajar del aire el promocional Toma tu voto, donde aparece el dirigente de Morena, Andrés Manuel López Obrador, y no la candidata a la gubernatura del estado de México, Delfina Gómez Álvarez.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación acordó lo anterior al señalar que el modelo de comunicación política establece bases y directrices que deben seguirse en el uso de los tiempos oficiales en radio y televisión que se les conceden.
En el promocional, que se transmite en radio y televisión, López Obrador afirma: “Estamos arriba en el estado de México, pronto se va a acabar con la corrupción, va a haber justicia y seguridad, pero andan muy nerviosos los de la mafia del poder, están entregando despensas, frijol con gorgojo, tarjetas, pollos, patos, cochinos, borregos, puercos, marranos, cochinos, cerdos. Hay que decirles que sí, pero a la hora de la hora toma tu voto. El voto es libre y secreto”.
Los magistrados aseguraron que la propaganda electoral que se difunda en radio y televisión durante la etapa de campaña debe destacar precisamente la candidatura que se promueve, su plataforma política o su propuesta.
Pero, de acuerdo con un comunicado, señalaron que esa situación no ocurre en el citado promocional, en el que la mayor parte del tiempo se escucha y se ve al dirigente nacional de Morena, Andrés Manuel López Obrador, refiriéndose a cuestiones que no aluden a la candidata registrada, misma que en el uso de esos tiempos debería ser promocionada ante la ciudadanía.
Luego del análisis del promocional impugnado, el pleno advirtió el incumplimiento de los parámetros de legalidad exigidos para la etapa de campaña, por lo que ordenó a la autoridad electoral el cese inmediato de su difusión, a fin de evitar una simulación que vulnere los principios democráticos de la contienda, así como el derecho de la ciudadanía a informarse de las opciones políticas para ejercer su voto.
Para sustentar su decisión explicaron que el artículo 242 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 256 del Código Electoral del Estado de México establecen que las campañas electorales son el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que, durante la campaña electoral, producen y difunden los partidos políticos, los candidatos registrados y sus simpatizantes, con el propósito de presentar y promover ante la ciudadanía las candidaturas registradas.
